Exigimos continuidad para los derechos de discapacitados

A partir de una publicación en el Boletín Oficial de la Agencia Nacional de Discapacidad, las personas con discapacidad que son titulares de pensiones no contributivas por invalidez han recibido una carta documento que las insta a presentar en un plazo de 60 (sesenta) días un nuevo CMO (en este caso digital) bajo amenaza de suspender el cobro de las pensiones obtenidas por derecho.

En las Resoluciones N° 39 y N° 44 publicadas el pasado 4 y 8 de febrero se establecen un nuevo formulario para el Certificado Médico Oficial (CMO digital) y un nuevo circuito de autorización.

Este nuevo CMO deberá contar con la firma digital de médicos, directores de hospitales y salas públicas nacionales, provinciales o municipales, digitalización que no está garantizada porque no se cuenta en la mayoría de los casos con la infraestructura necesaria para gestionarla.

Ante esta situación, la REDI -Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad, Asociación Civil- presentó, ante la Agencia nacional de discapacidad (ANDis) y ante la Vicepresidenta Michetti, un recurso para declarar la nulidad absoluta de las mencionadas resoluciones, exponiendo que una de las cuestiones a comprobarse es que hayan verificado la existencia de condiciones mínimas  para poder emitir el CMO, tales como computadoras y conexión en línea en todos los hospitales públicos donde las personas notificadas requieran realizar el trámite.

REDI agrega en su comunicado: “…ambas resoluciones presentan un vicio en el procedimiento, puesto que para su dictado no se ha dado derecho de audiencia a las personas con discapacidad y las organizaciones representativas”.

Estas resoluciones también imponen este trámite a quienes gestionen la pensión no contributiva por invalidez por primera vez.

Ante este atropello a los derechos de uno de los sectores más vulnerables de nuestra sociedad, nos vemos en esta situación:

–           Los médicos que deberían completar el CMO y que se han enterado extraoficialmente de las resoluciones mencionadas desconocen el procedimiento a seguir.

–           La mayoría de ellos ni siquiera están informados sobre el particular y cabe mencionar que tampoco conocen la existencia del CMO al que confunden con el CUD.

–           No ha existido una notificación oficial desde la ANDIS a los distintos efectores de salud.

–           Desde la ANDIS se deriva (mediante folletería) a quienes han recibido la carta documento o quieren iniciar el trámite correspondiente, a Hospitales y Centros de salud donde no tenemos los profesionales en general y los médicos en particular, posibilidad de dar respuesta efectiva.

Se trata entonces de una maniobra más, para impedir el derecho a una pensión, además de la notoria dilación en la aprobación de nuevas solicitudes y la baja de pensiones que ya realizó este gobierno y que no han sido restituidas en su totalidad.

Desde ADUBA, reclamamos  la nulidad de ambas resoluciones y que en todas las políticas públicas y en todos los programas se asegure la protección y promoción de los derechos humanos de las personas con discapacidad.