El viernes pasado, el Ministerio de Educación emitió la RESOL-2020-12-APN-SECPU#ME a través de la cual recomienda a las universidades nacionales adecuar el calendario académico y realizar las reprogramaciones necesarias en virtud de la compleja situación derivada de la pandemia de COVID-19.
Desde la Asociación de Docentes de la Universidad de Buenos Aires (ADUBA), en conjunto la Federación de Docentes de las Universidades (FEDUN) a nivel nacional, hemos participado activamente en la gestión de esta medida. Ya hemos manifestado que acompañamos las medidas tomadas por el Presidente Alberto Fernández ante la pandemia, y destacamos su compromiso de defender la vida antes que la economía y la educación.
A raíz de ello, la Universidad de Buenos Aires (UBA) anunció el pasado viernes, mediante la RESOL-REC-2020-423-E-UBA-REC, que modificará su calendario académico y aplazará el inicio de las clases para el 1° de junio.
La semana pasada, en un comunicado emitido por la FEDUN acerca del debate y la problemática que conllevan las modalidad virtuales de educación, se afirma que no todas las casas de altos estudios, y no todas las materias, pueden adaptarse a los requerimientos de un dictado virtual.
En el documento se toman en cuenta diversos factores. Entre ellos, se hace referencia a que muchas materias, por el tenor de sus contenidos -y sobre todo en las de carácter práctico-, ven imposibilitada su adaptación a una cursada virtual. Entran aquí la mayor parte de las asignaturas de las áreas de salud, de prácticas de laboratorio o tecnológicas.
En muchas otras, el problema que afrontan es la falta de tiempo y recursos para poder adecuar sus contenidos y metodologías a la virtualidad.
Sumado a esto, la falta de instancias y tiempos para la adecuada capacitación de los docentes acerca de entornos virtuales obliga a improvisaciones y demandas técnicas que alteran gravemente la normal rutina y aumentan la carga horaria, produciendo conflictos con otras actividades laborales, y transgrediendo así toda normativa de derechos laborales.
De esta manera, las clases que pudieran dictarse de manera virtual hasta el 1° de junio dependerán de la capacidad de cátedra, pero desde ADUBA nos oponemos a que se obligue a virtualizar su cursada si antes no media la capacitación técnica y pedagógica, y si no se brindan las herramientas necesarias.
Otro gran inconveniente se presenta a la hora de las evaluaciones necesarias para la aprobación y promoción de las materias, que en la UBA son en su mayoría presenciales.
Tampoco puede obviarse que más de un tercio de la planta docente de la UBA supera los 60 años, razón por la cual, según las disposiciones del Ministerio de Salud de la Nación, con arreglo a los criterios de la Organización Mundial de la Salud (OMS), debe ser considerada población de riesgo ante la pandemia que acecha a nuestro país y al mundo.
En similar sentido, cabe considerar que gran cantidad de docentes de la UBA se encuentran afectados ciento por ciento a trabajos en áreas de salud, que hoy desempeñan un papel central en el control de COVID-19.
En cuanto a los estudiantes, es necesario alumbrar también un aspecto que es de suma importancia. Se trata de la desigualdad derivada de las disímiles posibilidades de acceso a internet y a dispositivos tecnológicos del estudiantado. Tales diferencias producen, a su vez, desiguales posibilidades de comunicación y transferencia con los docentes. No podemos desconocer este punto si luchamos por una educación pública gratuita, inclusiva y de calidad.
No obstante, según consta en la resolución de la UBA, las materias y trayectos formativos que hasta ahora se venían desarrollando de manera virtual, serán acreditadas normalmente, y en el caso de las materias que se dicten de manera virtual hasta el 1° de junio, se considerará ese período a cuenta de lo que reste del cuatrimestre en modalidad presencial, de manera de no recargar la labor docente.
Más cerca del 1° de junio, se espera que las autoridades del Ministerio de Educación y de la UBA realicen una evaluación de la situación -de la que ADUBA formará parte- en la que se determinará si están dadas las condiciones para retomar las clases, siempre priorizando la salud de los trabajadores docentes, no docentes y los estudiantes.